Queda visto para sentencia el juicio contra el sindicalista de Coca- Cola, Juan Carlos Asenjo - ¡Zas! Madrid

・Casi 300 sindicalistas han sido procesados por ejercer el derecho de huelga, con la aplicación del artículo 315.3 del Código Penal
El juicio contra Juan Carlos Asenjo, sindicalista de Coca-Cola, por su participación en un piquete en la huelga general del 29 de marzo de 2012, ha quedado visto para sentencia. Coincidiendo con la vista celebrada en Móstoles, CCOO convocó una concentración de apoyo a Juan Carlos Asenjo, bajo el lema de “¡Huelga no es delito!”.
El secretario general de CC.OO. Madrid Jaime Cedrún denuncia el montaje policial y recuerda que el 29 de marzo se produjo una dura actuación de los policía contra el piquete informativo en la entrada del centro de trabajo de Coca-Coca en Fuenlabrada, que ocasionó dos heridos, como recoge el parte de lesiones hospitalario; los mismos contra los que la policía presenta denuncia días después. Desde su blog, Cedrún comenta el desfase del Código Penal de donde se aplica solo la parte que afecta a los trabajadores. Es decir, no se aplican no los artículos 315.1, ni 315.2, por los que se puede condenar a los empresarios que atentan contra el derecho fundamental de huelga. «Los juzgados no son nada eficaces al perseguir este delito. La evidencia es que la señora Daurella, o sea Coca Cola, fue condenada por esquirolaje empresarial, pero no se le aplica ninguno de los artículos mencionados del Código Penal». Por esta razón, además de la absolución de Juan Carlos Asenjo, los responsables de CCOO piden la derogación del artículo 315.3 del Código Penal.
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